El incumplimiento en la presentación puntual de estos Avisos para Sociedades y Extranjeros en sanciones financieras de 30 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por día, según lo estipulado por la Secretaría de Economía.

De conformidad con el artículo 32 de la Ley de Inversión Extranjera (LIE) y el artículo 31 de su Reglamento (RLIE), los inversionistas extranjeros, ya sea de manera directa o indirecta, deben registrarse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE).

Aviso Trimestral:

  1. Sección I: Comprende a personas físicas y jurídicas extranjeras, así como a mexicanos que adquieran otra nacionalidad y residan fuera del territorio nacional.
  2. Sección II: Involucra a sociedades mexicanas en las que participen inversionistas extranjeros, mexicanos con otra nacionalidad y residencia en el extranjero, así como inversiones neutras.
  3. Sección III: Engloba a fideicomisos relacionados con acciones o partes sociales, bienes inmuebles o inversiones neutras, a través de los cuales se derivan derechos a favor de inversionistas extranjeros o mexicanos con otra nacionalidad y residencia en el extranjero.

Según el artículo 38 del RLIE, estos sujetos obligados deben notificar al RNIE sobre cambios en su denominación, domicilio fiscal o modificaciones en su capital a través del “aviso trimestral”.

Sección I y II:

  • Modificaciones en el nombre, domicilio o razón social.
  • Cambios en el domicilio fiscal.
  • Alteraciones en la actividad económica.
  • En la Sección I, variaciones superiores a 20 millones de pesos en cuentas de activo o pasivo, cuentas por cobrar o pagar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo o el capital contable.

Sección II:

  • Modificación en el capital social y/o estructura accionaria.
  • Variaciones superiores a 20 millones de pesos en cuentas de activo o pasivo, cuentas por cobrar o pagar a subsidiarias, accionistas o empresas que formen parte de la misma corporación en el exterior, o el capital contable.

Estas actualizaciones acerca de Avisos para Sociedades y Extranjeros deben llevarse a cabo trimestralmente en los períodos de enero a marzo, abril a junio, julio a septiembre y octubre a diciembre, presentando el aviso dentro de los 10 días hábiles posteriores al final de cada trimestre.

Informe Económico Anual:

De acuerdo con el artículo 43 del RLIE, las personas de las Secciones I y II deben renovar su inscripción en el RNIE anualmente presentando su información financiera si durante el ejercicio alcanzaron ciertos umbrales en activos, pasivos, ingresos o egresos en el país y en el extranjero, como lo establece la Resolución General.

El incumplimiento en la presentación puntual de estos avisos puede resultar en sanciones financieras de 30 a 100 UMA por día (equivalentes a 2,534.7 a 8,449 pesos en 2019), según lo establece el artículo 38, fracción IV de la LIE.

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