Clarificando la Obligación en un Escenario de Colaboración

Caso práctico Antilavado: Desarrolladora vs Constructora. Cuando se trata de proyectos inmobiliarios en colaboración entre desarrolladoras y constructoras, es importante entender quién está legalmente obligado a presentar el aviso antilavado.

Marco Legal: La LFPIORPI y su Interpretación

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece claramente las condiciones bajo las cuales ciertas actividades son consideradas vulnerables en términos de lavado de dinero. La fracción V del artículo 17 de esta ley se centra en la prestación de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles.

Clave de la Obligación

La clave para determinar la obligación de presentar el aviso antilavado radica en si la constructora está involucrada en la compra o venta de inmuebles. La LFPIORPI establece que estas operaciones de adquisición o venta deben estar vinculadas a quienes ofrecen servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles.

Si la constructora no tiene ningún papel en estas operaciones, no se considera una entidad obligada en términos de la LFPIORPI. Por lo tanto, la responsabilidad recae en la desarrolladora.

Responsabilidad en sus Manos

Es importante que las desarrolladoras comprendan su papel fundamental en el cumplimiento de la normativa antilavado en proyectos inmobiliarios. Si su constructora contratada no se involucra en las transacciones de compra o venta de inmuebles, la obligación de presentar los avisos antilavado recae sobre sus hombros. Es vital mantener un registro adecuado y presentar los informes necesarios para cumplir con la LFPIORPI y garantizar la transparencia en estas operaciones.

Conclusión Caso práctico Antilavado: Desarrolladora vs Constructora

En resumen, si la constructora contratada no participa en las transacciones de compra o venta de inmuebles, la desarrolladora es la entidad responsable de cumplir con las obligaciones de presentar los avisos antilavado según lo establecido por la LFPIORPI. Este entendimiento es esencial para garantizar un cumplimiento adecuado de la ley y prevenir actividades ilícitas en proyectos inmobiliarios.

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